Derechos de Pilotos y Tripulación de Cabina en Argentina
✈️ Derechos de Pilotos y Tripulación de Cabina en Argentina 🇦🇷
Hoy te contamos o sobre los derechos laborales de quienes nos llevan por los cielos: pilotos y tripulantes de cabina. Su labor es única y, por eso, su marco legal también lo es.
La relación laboral del personal aeronáutico no sólo se rige por la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, sino que tiene un régimen específico. La fuente principal es el Código Aeronáutico (Ley N° 17.285), que establece las bases para la actividad aérea y su personal.
Derechos clave a destacar:
– Jornada laboral y descanso: Dadas las particularidades del vuelo, existen límites estrictos de horas de vuelo y de servicio, y períodos de descanso obligatorios. Esto está regulado por las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) emitidas por la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil), específicamente en las Partes 91 y 121, entre otras.
– Remuneración y condiciones de trabajo: Sus salarios, viáticos y demás condiciones laborales están detalladamente estipulados en sus Convenios Colectivos de Trabajo (CCT). Por ejemplo, la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) y la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) tienen CCTs que regulan aspectos como licencias, antigüedad, régimen de guardias, etc.
– Seguridad y salud laboral: La seguridad es primordial. Tienen derecho a condiciones de trabajo seguras, exámenes psicofísicos periódicos y a reportar incidentes sin temor a represalias, conforme a la normativa de la ANAC.
– Capacitación y habilitaciones: Las empresas deben asegurar la capacitación continua para mantener sus habilitaciones y licencias al día, un requisito indispensable para volar, tal como lo exige el Código Aeronáutico y las RAAC.
Es crucial que conozcan a fondo sus derechos, no solo por la LCT, sino por la normativa aeronáutica específica que protege la singularidad de su profesión y la seguridad aérea.