Derecho Marítimo Global 2025

⚖️ Derecho Marítimo Global 2025: Cumplimiento en la Mira 🌍

En 2025, el cumplimiento del derecho marítimo internacional es esencial para la seguridad, la protección ambiental y el comercio global. Sin embargo, existen varios desafíos:

Desafíos Clave:

– Jurisdicciones Fragmentadas: La naturaleza transnacional del transporte marítimo dificulta la aplicación uniforme de las leyes y la persecución de infracciones.
– Delitos Marítimos: La piratería, el tráfico ilícito (drogas, armas, personas) y la pesca ilegal persisten como problemas graves.
– Contaminación Marina: A pesar de las regulaciones, los vertidos de hidrocarburos, la descarga ilegal de residuos y la contaminación por plásticos siguen amenazando los ecosistemas marinos.
– Seguridad y Protección: Garantizar la seguridad de la navegación y la protección de buques e instalaciones portuarias frente a actos ilícitos es un desafío constante.
– Condiciones Laborales: Asegurar los derechos de los trabajadores marítimos a bordo es fundamental, aunque su supervisión puede ser compleja.

Avances y Esfuerzos:

– Convenios Internacionales: La Organización Marítima Internacional (OMI) promueve la implementación de tratados clave como SOLAS, MARPOL y el Convenio de Trabajo Marítimo.
– Cooperación Internacional: Los estados están fortaleciendo la colaboración para combatir delitos marítimos y proteger el medio ambiente.
– Tecnología y Vigilancia: El uso de AIS e imágenes satelitales mejora el monitoreo y la detección de actividades ilícitas.
– Responsabilidad del Estado de Abanderamiento: Se enfatiza la responsabilidad de los estados cuya bandera enarbolan los buques para garantizar el cumplimiento de las normas.
– Debido Proceso y Sanciones: Se busca asegurar procesos judiciales justos y sanciones efectivas para quienes violan el derecho marítimo.

El cumplimiento efectivo exige el compromiso continuo de estados, organizaciones internacionales, la industria naviera y la sociedad civil. Si tuvieras alguna consulta sobre este tema, en Correa Venturini podemos asesorarte.

Daños y Perjuicios

¿Sufriste un Daño? ¡Conocé tus Derechos! 🇦🇷

En Correa Venturini sabemos que un accidente o un incumplimiento contractual pueden generar daños y perjuicios que afecten tu vida. Entender tus derechos es clave para obtener la compensación que merecés.

El Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, en su Artículo 1716, establece que “La violación del deber de no dañar a otro, o el incumplimiento de una obligación, da lugar a la reparación del daño causado”. Esto significa que si sufriste algún tipo de daño, tenés derecho a ser indemnizado.

Pero, ¿qué se considera “daño”? El Artículo 1737 del mismo Código lo define como “todo menoscabo que sufre una persona en su persona, en sus derechos o facultades, o en las cosas de su dominio o posesión”. Esto abarca desde lesiones físicas y gastos médicos (daño emergente) hasta la pérdida de ganancias futuras (lucro cesante), el impacto emocional (daño moral), daño psicológico, pérdida de chance, entre otros rubros.
Tene en cuenta que cualquier menoscabo que sufras, SIEMPRE, que puedas probarlo tenes el derecho a reclamar.

Típ importante: Por ejemplo, si sufriste un accidente de tránsito, además de las diligencias exigidas por el seguro, lo primero que debes hacer, es acercarte al hospital o sanatorio más cercano, para que te examine un médico y exigile un certificado médico que consten los daños físicos sufridos.
Si no lo haces de forma inmediata, baja tu posibilidad de reclamar por daños físicos.

¡Cualquier duda, no dejes de consultarnos!

Uso de drones en Argentina

Uso de drones en Argentina 🇦🇷 Nueva resolución en vigor

La Resolución ANAC N° 263/2024, publicada el 5 de julio de 2024, actualiza significativamente la normativa para la operación de Vehículos Aéreos No Tripulados (VANT), o drones, en Argentina. Esta nueva reglamentación deroga la anterior Resolución ANAC N° 885/2019, buscando una operación más segura y eficiente ante el avance tecnológico del sector.

Principales cambios y puntos destacados:

– Clasificación de Drones: Se actualizan las categorías según peso y uso, lo que influye en los requisitos de habilitación y operación. Esta clasificación es fundamental para la aplicación de las normativas de seguridad.
– Habilitaciones y Capacitación: Se refuerza la necesidad de formación específica para operadores, con requisitos diferenciados para usos recreativos o comerciales. El objetivo es fomentar la cultura de seguridad operacional.
– Zonas de Vuelo Restringido: Se mantiene y refuerza la prohibición de operar drones en áreas sensibles (cercanías de aeropuertos, eventos masivos, zonas militares), salvo autorización expresa. Esto se alinea con el Código Aeronáutico Argentino, que subordina la circulación aérea a razones de seguridad y orden público.
– Seguros Obligatorios: Se mantiene la exigencia de contar con seguros de responsabilidad civil para proteger a terceros, un principio básico ya contemplado en la normativa anterior y en el Código Aeronáutico.

Desde Correa Venturini recomendamos leer la resolución completa en el Boletín Oficial, recordando que el desconocimiento de la ley no exime de su cumplimiento. ¡Cualquier duda consultanos!

La Ley del Pabellón

🚢 La Ley del Pabellón: Un Pilar del Derecho Marítimo Argentino 🇦🇷

¿Alguna vez te preguntaste qué determina la “nacionalidad” de un buque? En el fascinante mundo del derecho marítimo, la respuesta está en la Ley del Pabellón. Este principio fundamental establece que un buque se rige por las leyes del Estado cuya bandera enarbola, es decir, del Estado donde se encuentra matriculado.

En Argentina, la Ley del Pabellón es un concepto clave que emana de nuestra soberanía y se refleja en diversas normativas. Es lo que nos permite ejercer jurisdicción sobre nuestros buques, estén donde estén.

Un pilar fundamental que da sustento a este principio es el Artículo 17 de la Constitución Nacional, que si bien no lo menciona expresamente, sienta las bases para la regulación del comercio y la navegación. Además, nuestra legislación específica en la materia lo consagra de manera contundente.

Por ejemplo, la Ley N° 20.094 de la Navegación es nuestra norma madre. Si bien no hay un artículo único que la defina como tal, diversos artículos como el Art. 136 (relativo a la nacionalidad de los buques) y los que regulan la matrícula y el registro, implícitamente la establecen.

Además, el Decreto Ley N° 19.497/44 sobre el Registro Nacional de Buques es otra pieza clave, al establecer los requisitos y el procedimiento para la inscripción de embarcaciones, otorgándoles así su nacionalidad argentina.

La Ley del Pabellón es crucial para la seguridad jurídica en la navegación internacional. Permite identificar a qué ordenamiento legal está sujeto un buque, facilitando la aplicación de normas en materia de seguridad, responsabilidad, laboral y ambiental. Es la garantía de que nuestros buques, bajo nuestra bandera, cumplen con los estándares y la legislación de nuestro país, contribuyendo a un comercio marítimo ordenado y justo.

Si tenés alguna consulta sobre este u otros temas legales, en Correa Venturini podemos asesorarte.

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Derechos de Pilotos y Tripulación de Cabina en Argentina

✈️ Derechos de Pilotos y Tripulación de Cabina en Argentina 🇦🇷

Hoy te contamos o sobre los derechos laborales de quienes nos llevan por los cielos: pilotos y tripulantes de cabina. Su labor es única y, por eso, su marco legal también lo es.

La relación laboral del personal aeronáutico no sólo se rige por la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744, sino que tiene un régimen específico. La fuente principal es el Código Aeronáutico (Ley N° 17.285), que establece las bases para la actividad aérea y su personal.

Derechos clave a destacar:

– Jornada laboral y descanso: Dadas las particularidades del vuelo, existen límites estrictos de horas de vuelo y de servicio, y períodos de descanso obligatorios. Esto está regulado por las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil (RAAC) emitidas por la ANAC (Administración Nacional de Aviación Civil), específicamente en las Partes 91 y 121, entre otras.
– Remuneración y condiciones de trabajo: Sus salarios, viáticos y demás condiciones laborales están detalladamente estipulados en sus Convenios Colectivos de Trabajo (CCT). Por ejemplo, la Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) y la Asociación Argentina de Aeronavegantes (AAA) tienen CCTs que regulan aspectos como licencias, antigüedad, régimen de guardias, etc.
– Seguridad y salud laboral: La seguridad es primordial. Tienen derecho a condiciones de trabajo seguras, exámenes psicofísicos periódicos y a reportar incidentes sin temor a represalias, conforme a la normativa de la ANAC.
– Capacitación y habilitaciones: Las empresas deben asegurar la capacitación continua para mantener sus habilitaciones y licencias al día, un requisito indispensable para volar, tal como lo exige el Código Aeronáutico y las RAAC.

Es crucial que conozcan a fondo sus derechos, no solo por la LCT, sino por la normativa aeronáutica específica que protege la singularidad de su profesión y la seguridad aérea.