¡Rumbo a la Jubilación!
¡Rumbo a la Jubilación! Información para el Personal Embarcado en Argentina 🚢
¿Trabajaste años en mares y ríos? ¡Pensá en tu retiro! La jubilación para el personal embarcado en Argentina tiene particularidades cruciales. Si bien la Ley Nacional de Jubilaciones y Pensiones (Ley N° 24.241) es el marco general, existen regímenes especiales para el sector marítimo que debés conocer.
Requisitos Clave a Tener en Cuenta:
1. Edad y Años de Aportes: para personal embarcado, son 52 años de edad y 25 años de aportes (tanto hombres como mujeres), diferente a los requisitos generales.
2. Libreta de Embarco: es IMPORTANTÍSIMO tener registrados todos los embarcos y desembarcos realizados durante toda tu trayectoria ya que el cálculo se realiza, primordialmente en base a lo que se encuentre plasmado en tu libreta.
3. Certificación de Servicios: tus empleadores deben haber declarado correctamente tu relación laboral y aportes a la seguridad social (AFIP).
4. Regularidad en los Aportes: es clave cumplir con la “regularidad de aportes” que establece ANSES.
Documentación Imprescindible:
– DNI (actualizado).
– Historial de Servicios: Certificaciones de empleadores, Libreta de Embarco, listas de tripulantes, roles, etc. La Prefectura Naval Argentina (PNA) puede emitir certificaciones de embarco muy útiles para ANSES.
– Constancia de CUIL.
– Últimos recibos de sueldo.
– Cualquier otra documentación que acredite tus tareas si aplicás a un régimen especial.
¡No dejes nada al azar! La complejidad de estos regímenes hace que una buena planificación sea esencial.
Antes de iniciar tu trámite, consultá con un especialista. En Correa Venturini podemos ayudarte.
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